jueves, febrero 19, 2026
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    El DOE publica la resolución con las zonas prioritarias para el desarrollo de proyectos de energía solar fotovoltaica en Extremadura

    La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible ha publicado hoy en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la resolución por la que se dan a conocer las zonas prioritarias para el desarrollo de proyectos de energía solar fotovoltaica en la comunidad autónoma. Extremadura ha experimentado en los últimos años una rápida y robusta contribución

    La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible ha publicado hoy en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la resolución por la que se dan a conocer las zonas prioritarias para el desarrollo de proyectos de energía solar fotovoltaica en la comunidad autónoma.

    Extremadura ha experimentado en los últimos años una rápida y robusta contribución a la transición energética en España, especialmente en lo que a generación de energía solar fotovoltaica se refiere, impulsada por el elevado recurso solar existente en toda la región.

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    La resolución se apoya en los mapas de capacidad de acogida previamente elaborados por la Comunidad Autónoma, que clasifican el territorio en cinco niveles en función de distintos factores ambientales, y que han servido de referencia a los promotores para localizar las áreas más adecuadas para nuevas plantas solares.

    Esta resolución identifica como zonas prioritarias aquellas áreas clasificadas con alta y muy alta capacidad de acogida, resultado de la actualización de los mapas de capacidad ya existentes. En ellas se han incorporado, además de los factores ambientales, el valor productivo de los suelos y la protección de las dehesas.

    Los suelos agrícolas más productivos, los usos que más empleo y economía generan, así como las dehesas, sistema clave en el mundo rural, se han limitado en estas zonas prioritarias.

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    El objetivo es compatibilizar el despliegue de la energía solar fotovoltaica con la defensa de los cultivos de mayor potencial socioeconómico, la generación de empleo y la fijación de población en el medio rural extremeño, ofreciendo mayor seguridad jurídica a promotores, administraciones y resto de agentes implicados.

    La catalogación como zona de alta o muy alta capacidad de acogida no exime del trámite ambiental vigente y ello hasta tanto se realice la evaluación ambiental estratégica, que venga a determinar la no necesidad de este requisito en las zonas de aceleración, actualmente en estudio.

    Entretanto, además del trámite ambiental, los promotores deberán cumplir con el resto de autorizaciones o limitaciones sectoriales que pudieran existir, si bien el hecho de ubicar las centrales fotovoltaicas en estas zonas preferentes facilitará su tramitación de forma importante.

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